En nuestra formación de base, hemos aprendido a redactar contratos partiendo de la premisa de que SERAN INCUMPLIDOS, y por lo tanto, nos esmeramos en prever infinidad de cláusulas que tienden a proteger a nuestros clientes de esos incumplimientos que “seguramente estarán”, y de las ventajas que quiera sacar la otra parte.
Elaboramos complejas piezas jurídicas con términos que a veces las partes no comprenden, y que no siempre reflejan lo que ellas quisieron plasmar como acuerdo, porque “nosotros somos los que sabemos de derecho y lo que les conviene”. Se busca poder y protección. Los contratos hablan más de los abogados y su técnica o costumbre, que de lo que las partes que desean implementar. Y a pesar de todas las previsiones que tomamos, frecuentemente al aparecer algún conflicto, terminamos judicializando la situación.
La experiencia nos demuestra que un contrato que se elabora viendo a las partes como CONTRARIAS, como adversarias, sienta bases para el conflicto.
En búsqueda de idear mecanismos que eviten estas confrontaciones que generalmente derivan en rupturas de las relaciones, surgen desde las Prácticas Colaborativas, lo que se conoce como CONTRATOS COLABORATIVOS, que son fruto de la co-construcción, en la que las partes, orientadas por el profesional colaborativo indagan y plasman los valores que las mueven a relacionarse. Son una forma novedosa de iniciar las relaciones contractuales de cualquier naturaleza que requiere por parte del profesional escucha activa, para poder captar estas características de las partes y sus deseos.
Estamos frene a un CAMBIO DE PARADIGMA en materia contractual, en el que se ve al contrato como una REGULACIÓN DE LA RELACIÓN. Se indagan los intereses, los objetivos que se buscan con la construcción contractual.
El hecho de que las partes elaboren con nuestro acompañamiento y orientación, la base de su contrato, los hace sentirse protagonistas, y apropiarse de esta relación que luego se volcará al papel. En esta nueva forma de abordar los contratos, ayudamos a nuestros clientes a indagar quiénes son, cuáles son sus objetivos, su visión, sus valores, sus expectativas en esta relación que desean regular. Esto es fundamental, porque cuando perciban que algo no está bien, pueden volver a estos principios y recordarlos. Esta es la base para que las partes se conozcan, que sepan cómo funcionan cada una en cuanto a sus características, desde cómo se comunican, a cómo responden a los conflictos.
Se convierten así en la BRÚJULA que las orienta en su relación. De tal modo que recurriendo a él, recuerden los objetivos que tuvieron en cuenta al suscribirlo.
En cada caso concreto permite ahondar en las motivaciones y en las peculiaridades de cada parte. Fijar pautas comunicacionales que brinden seguridad y respeto. Implican una alianza destinada a beneficiar a todas las partes.
Se trata pues de un proceso a través del cual las partes buscan comprender, entenderse, buscar fórmulas de trabajo en común y que se expresa en términos claros, verificando que la interpretación sea unívoca. El contrato escrito es el final del proceso, en el que por supuesto se tienen presentes todos los aspectos legales.
Constituyen la bitácora que les permitirá avanzar rescatando la relación.
Lograr alinear los intereses de las partes evita futuros conflictos y frente al desacuerdo, recurrirán a las herramientas previamente consensuadas, con pasos escalonados.
Si bien toman más tiempo para negociar, crean relaciones sostenibles y predecibles, las partes saben cómo actuar ante los desacuerdos y esto reduce el desgaste, y ahorra tiempo y recursos.
Este método es aplicable a cualquier materia en la que la relación interese, sea para constituir sociedades, asociaciones de todo tipo, regulaciones matrimoniales o propuestas reguladoras en caso de divorcios, protocolos para empresas familiares, entre otros.
Los CONTRATOS COLABORATIVOS llamados también contratos integradores o basados en intereses, se relacionan con el movimiento de Negocios Conscientes y requieren que las empresas realmente vivan de acuerdo con su propósito, misión y valores declarados.
Los invito a formarse en esta Práctica Colaborativa, que les permitirá ofrecer una novedosa herramienta que contribuye a cuidar las relaciones, y evitar la judicialización de los conflictos.
Mgter Graciela Insaurralde
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